Yo me pregunto, y la Ley de Responsabilidad Política, cuando??
En Chile más del 70% de los niños(as) son víctimas de violencia. Se estima que anualmente 25.000 sufren de agresión sexual, cerca de 4.000 son víctimas de explotación sexual comercial. 4 de cada 10 niños(as) chilenos(as) vive bajo la línea de pobreza. El 55% de los niños(as) que trabaja lo hace en condiciones altamente peligrosas para su seguridad y desarrollo.
Pese a los avances en el desarrollo del país, en Chile más del 70% de los niños(as) son víctimas de violencia. Se estima que anualmente 25.000 sufren de agresión sexual, cerca de 4.000 son víctimas de explotación sexual comercial. 4 de cada 10 niños(as) chilenos(as) vive bajo la línea de pobreza. El 55% de los niños(as) que trabaja lo hace en condiciones altamente peligrosas para su seguridad y desarrollo.
Asimismo, nos encontramos con problemas más generales que dicen relación con la subsistencia de leyes y mecanismos institucionales que no consideran a los niños y niñas como sujetos de derechos, y con la labor pendiente de modificar la cultura nacional para el respeto pleno de los derechos de todos los habitantes del país.
Es en este contexto social que se promulga en el país la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil rebajando la imputabilidad a los 14 años.
Qué gran responsabilidad tenemos los adultos sobre el mundo que estamos heredando a nuestros niños y jóvenes.
Asimismo, nos encontramos con problemas más generales que dicen relación con la subsistencia de leyes y mecanismos institucionales que no consideran a los niños y niñas como sujetos de derechos, y con la labor pendiente de modificar la cultura nacional para el respeto pleno de los derechos de todos los habitantes del país.
Es en este contexto social que se promulga en el país la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil rebajando la imputabilidad a los 14 años.
Qué gran responsabilidad tenemos los adultos sobre el mundo que estamos heredando a nuestros niños y jóvenes.
Nuestra pequeña vida..
Reproduzco un comunicado de la Corporación Opción entidad que respeto por su trabajo dirigido hacia la infancia y la adolescencia en peligro. Ellos dicen:
DECLARACIÓN PÚBLICA SOBRE LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE
OPCIÓN se pronuncia frente al tema.
En relación a las modificaciones efectuadas a la Ley 20.084 por el Congreso Nacional, Corporación Opción, institución con 17 años de trabajo en el ámbito de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, declara lo siguiente:
El mensaje con que fue presentada esta iniciativa legal en agosto del 2002 decía que uno de sus objetivos centrales era el de adaptar la legislación chilena a la Convención sobre los Derechos del Niño, suscrita en 1990. Dicha Convención plantea que el sistema aplicable a los adolescentes infractores debe ser un sistema especial, en el que se destaque la importancia de promover su reintegración social (Art. 40.1). Por lo mismo, además del respeto al debido proceso, exige que el grueso de las medidas aplicables a los adolescentes infractores sean alternativas a la internación (Art. 40.4), y dispone que la privación de libertad debe ser usada "como último recurso y por el periodo más breve que proceda" (Art. 37 b).
El Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, al revisar en febrero de este año el último informe del Estado de Chile sobre aplicación de la Convención se refirió a Ley 20.084, y manifestó su preocupación por aspectos que resultan reñidos con las exigencias ya señaladas (en especial, la posibilidad de aplicar medidas de internación de hasta 5 años a niños y niñas de 14 y 15 años). Por eso señaló que la nueva ley debía ser puesta "en plena concordancia con las exigencias de la Convención", entre ellas la de "garantizar que la privación de libertad sea usada tan sólo como medida de último recurso".
La iniciativa de última hora encabezada por el Senador Larraín y apoyada por parlamentarios de la coalición de gobierno terminó por dar un paso definitivo en dirección opuesta a las exigencias de la Convención y el Comité, al obligar a que los adolescentes sancionados por delitos a los que se asignen penas superiores a 5 años necesariamente deban ser internados en centros cerrados por un mínimo de 2 años . De esta forma, a diferencia de todos los sistemas penales de adolescentes que se basan en la Convención, se contempla una sanción única para ese tramo.
Dicha reforma es abiertamente regresiva: Se basó en evidencias falsas (por ejemplo, la afirmación de la supuesta "impunidad" de que gozan hoy los adolescentes, siendo que en realidad muchos de ellos son juzgados como adultos y otros son internados en recintos de menores). Contraviene evidentemente las normas y principios de la Convención sobre los Derechos del Niño –en la que la Ley dice basarse-, que es un tratado internacional de derechos humanos, y por tal razón resulta inconstitucional. Imposibilita la flexibilidad necesaria para que el juez determine la medida más adecuada frente a cada caso, y con ello aborta la idea misma de un derecho penal de adolescentes como algo distinto de los viejos sistemas de las leyes de menores (que castigan sin respetar garantías) y el derecho penal común (que se orienta a la retribución, al castigo, y no está pensado para las necesidades especiales de los adolescentes). Además, no es efectivo que se aplicará sólo respecto de 3 o 4 delitos muy graves, puesto que el sistema de determinación de sanciones adoptado permite también por vía de agravantes elevar las penas aplicables desde marcos inferiores.
Las respuestas privativas de libertad producen en los adolescentes altos costos subjetivos, difíciles de revertir. En ese medio, el adolescente aprende a desarrollar vínculos superficiales y manipulativos con su medio. Por otra parte, la experiencia carcelaria, provoca una pérdida de la noción espacio temporal, que para los adolescentes implica la vivencia continua del aquí y el ahora, deteriorando gravemente la capacidad de desarrollar aspectos cognitivos relacionados con la proyección vital, el establecimiento de metas y el análisis de consecuencias de las propias acciones en un sentido vital más amplio.
En síntesis, las finalidades centrales declaradas por la Ley, responsabilizar a los adolescentes y fomentar su reinserción constructiva a la sociedad, se ven perturbadas severamente con la cárcel. La evidencia, en la experiencia internacional, muestra que tanto la amenaza de la pena privativa de libertad como su aplicación producen más problemas que los que pretenden solucionar. Los adolescentes no deben recibir la misma respuesta sancionatoria que un adulto, sino que, por el contrario, ésta debe instar primordialmente por el medio libre, lo que favorecerá el no desarraigarse de su entorno social, familiar y comunitario.
Llamamos a estar alertas y a trabajar para que en la implementación de la Ley 20.084 predominen los criterios que la interpretan a la luz de la doctrina de los derechos humanos de la infancia. De lo contrario, los adolescentes más vulnerados de Chile serán el chivo expiatorio de la ausencia de políticas efectivamente dirigidas a integrar socialmente a todos y cada uno los miembros de la sociedad.
Publicada el viernes, 18 de mayo de 2007
DECLARACIÓN PÚBLICA SOBRE LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE
OPCIÓN se pronuncia frente al tema.
En relación a las modificaciones efectuadas a la Ley 20.084 por el Congreso Nacional, Corporación Opción, institución con 17 años de trabajo en el ámbito de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, declara lo siguiente:
El mensaje con que fue presentada esta iniciativa legal en agosto del 2002 decía que uno de sus objetivos centrales era el de adaptar la legislación chilena a la Convención sobre los Derechos del Niño, suscrita en 1990. Dicha Convención plantea que el sistema aplicable a los adolescentes infractores debe ser un sistema especial, en el que se destaque la importancia de promover su reintegración social (Art. 40.1). Por lo mismo, además del respeto al debido proceso, exige que el grueso de las medidas aplicables a los adolescentes infractores sean alternativas a la internación (Art. 40.4), y dispone que la privación de libertad debe ser usada "como último recurso y por el periodo más breve que proceda" (Art. 37 b).
El Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, al revisar en febrero de este año el último informe del Estado de Chile sobre aplicación de la Convención se refirió a Ley 20.084, y manifestó su preocupación por aspectos que resultan reñidos con las exigencias ya señaladas (en especial, la posibilidad de aplicar medidas de internación de hasta 5 años a niños y niñas de 14 y 15 años). Por eso señaló que la nueva ley debía ser puesta "en plena concordancia con las exigencias de la Convención", entre ellas la de "garantizar que la privación de libertad sea usada tan sólo como medida de último recurso".
La iniciativa de última hora encabezada por el Senador Larraín y apoyada por parlamentarios de la coalición de gobierno terminó por dar un paso definitivo en dirección opuesta a las exigencias de la Convención y el Comité, al obligar a que los adolescentes sancionados por delitos a los que se asignen penas superiores a 5 años necesariamente deban ser internados en centros cerrados por un mínimo de 2 años . De esta forma, a diferencia de todos los sistemas penales de adolescentes que se basan en la Convención, se contempla una sanción única para ese tramo.
Dicha reforma es abiertamente regresiva: Se basó en evidencias falsas (por ejemplo, la afirmación de la supuesta "impunidad" de que gozan hoy los adolescentes, siendo que en realidad muchos de ellos son juzgados como adultos y otros son internados en recintos de menores). Contraviene evidentemente las normas y principios de la Convención sobre los Derechos del Niño –en la que la Ley dice basarse-, que es un tratado internacional de derechos humanos, y por tal razón resulta inconstitucional. Imposibilita la flexibilidad necesaria para que el juez determine la medida más adecuada frente a cada caso, y con ello aborta la idea misma de un derecho penal de adolescentes como algo distinto de los viejos sistemas de las leyes de menores (que castigan sin respetar garantías) y el derecho penal común (que se orienta a la retribución, al castigo, y no está pensado para las necesidades especiales de los adolescentes). Además, no es efectivo que se aplicará sólo respecto de 3 o 4 delitos muy graves, puesto que el sistema de determinación de sanciones adoptado permite también por vía de agravantes elevar las penas aplicables desde marcos inferiores.
Las respuestas privativas de libertad producen en los adolescentes altos costos subjetivos, difíciles de revertir. En ese medio, el adolescente aprende a desarrollar vínculos superficiales y manipulativos con su medio. Por otra parte, la experiencia carcelaria, provoca una pérdida de la noción espacio temporal, que para los adolescentes implica la vivencia continua del aquí y el ahora, deteriorando gravemente la capacidad de desarrollar aspectos cognitivos relacionados con la proyección vital, el establecimiento de metas y el análisis de consecuencias de las propias acciones en un sentido vital más amplio.
En síntesis, las finalidades centrales declaradas por la Ley, responsabilizar a los adolescentes y fomentar su reinserción constructiva a la sociedad, se ven perturbadas severamente con la cárcel. La evidencia, en la experiencia internacional, muestra que tanto la amenaza de la pena privativa de libertad como su aplicación producen más problemas que los que pretenden solucionar. Los adolescentes no deben recibir la misma respuesta sancionatoria que un adulto, sino que, por el contrario, ésta debe instar primordialmente por el medio libre, lo que favorecerá el no desarraigarse de su entorno social, familiar y comunitario.
Llamamos a estar alertas y a trabajar para que en la implementación de la Ley 20.084 predominen los criterios que la interpretan a la luz de la doctrina de los derechos humanos de la infancia. De lo contrario, los adolescentes más vulnerados de Chile serán el chivo expiatorio de la ausencia de políticas efectivamente dirigidas a integrar socialmente a todos y cada uno los miembros de la sociedad.
Publicada el viernes, 18 de mayo de 2007

4 comentarios interesantes:
Catits...esta información q señalas bastante extensa solo muestra una equivoca precipitación de una ley que pretende juzgar "delincuentes" como adultos....la gran falencia radica en que si adelantamos la pena a los 14 años, menos tiempo tendremos para una verdadera reinserción social...¡es imposible!... anoche confirmé en un reportaje la precariedad en que viven ,casí nulos logros en los talleres fantasmas y ofensiva manera de sancionarlos....no podía lograr convencerme de estos lugares algunos ya listos para esta nueva ley en estados deplorables.....¿como queremos acabar con la violencia,pobreza,explotación y agresión ..que el gobierno no venga a encubrir que sus necesidades estaran cubierta totalmente y no se les quitará educación,sicologos,asistentes sociales .
Pd:catits punto aparte te hice un post en tu tema sobre la homofobia y no me tiró por el perfil no disponible...pero en el otro si pude....nu se q pashoooo toing.
cariños milllllllll para ti.
"El único propósito del castigo es la prevención del mal; nunca impulsará a nadie al bien."
Horace Mann
Que sacan con promulgar leyes condenatorias.. si el mal no lo pueden erradicar, ya sabrán ellos como poder salir rapidamente. El unico cambio real, es que el gobierno debiese centrarse en impulzar cambios en la Educación, en generar Oportunidades, y dar apoyo sicologico antes de que ellos se mentan en este mundo delictual, ya que viven inmersos en éste, cual es la cuota que el gobierno debiese aportar para que ellos no crean que esta es la forma en que tienen que vivir. Tantas leyes que básicamente no tienen ni una finalidad mas que el castigo propio.. porque no creo que el gobierno termine el plan, no creo que se contruyan recintos dignos donde estos niños puedan rehabilitarse y menos creo que se les proporcione apoyo moral y sicologico.. por lo tanto una Ley mas que se promulga y que no tiene mucho sentido si de verdad queremos que estos niños no sean juzgados. El problema real es darle seguridad, de que tendra una salud digna, una educación que realmente le sirva de herramienta para el futuro, motivarlos a crecer en paz, adaptarlos a la sociedad para que crezcan y puedan hacer de Chile el País que se merecen..
Gracias cata... aunque no toque este tema contigo... te dejo mi opinion (quedoooo lindo jajja) besote grande cuidate
Vero....
Aunque trate, de visualizar el por que podria estar de acuerdo con la ley, no pude allar razon, por que un individuo, no nace, crece y se reproduce, ajeno a su entorno, un individuo es la suma de ese enterno, creo que tienes razon donded esta la responsabilidad politica, sobre la educacion, la salud, el trabajo infantil, la distribucion del ingreso, las leyes de mercado, el abuso sexual de la infancia, la explotacion de los menores de edad, donde esta la responsabilidad civil de quienes no hacen nada, para hacer de este un pais mejor, para los niños, donde esta la responsabilidad, social que se niega a esta realidad, donde y por encima de todo, esta la responsabilidad humana, que tiene cada uno de nosotros por explotar abusar y profitar de los niños ajenos, creo ciertamente que una vez mas el hilo se rompe por lo mas delgado, pero esta vez lo mas delgado se vuelve una accion de irresponsabilidad terrible e inhumana contra nuestros hijos
RAZ
Sabes Cata, yo como papá te diría que el 50% de la responsabilidad los actos de los menores de edad es causa de padres que no asumen su rol. Yo te aseguro que poniendole mano firme a los cabros hasta los 18 (o más si ve que es necesario), no andariamos quejandonos y haciendo leyes que pretendan hacer que el juez se haga cargo del "cachito" que yo he creado. Por otro lado, te aseguro como que me llamo Iván, que el joven te agradecera el que lo hayas andado trayendo cortito (te lo doy firmado). Los chicos valoran eso por que hay un minuto en que se comparan y en el proceso de crecimiento o maduración reconocen que fue un acierto.
Hay que asumir el rol de padres, eso significa que hay que educar, corregir, controlar, revisar, ejemplarizar (esa si que es dificil), motivar y todo eso hacerlo con el carriño y la entrega incondicional del amor de padres.
"SON LAS DOCE DE LA NOCHE, SABE UD. DONDE ESTAN SUS HIJOS??".
Un abrazo.
Iván
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